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Interconexión a la PUI para el sector turístico: hoja de ruta técnica y jurídica

La Plataforma Única de Identidad (PUI) representa uno de los cambios regulatorios más importantes para las empresas que administran información de personas en México.

🧠 SOBRE ESTE WEBINAR

Las modificaciones legislativas publicadas en julio de 2025 introdujeron nuevas obligaciones relacionadas con la identificación de personas, la verificación de CURP y la integración con la Plataforma Única de Identidad (PUI). Estas disposiciones impactan directamente a empresas que administran bases de datos de clientes, colaboradores, proveedores o visitantes.

Durante esta sesión, Iván Díaz analiza el origen jurídico de la obligación, explica quiénes deben cumplir, cuáles son los plazos establecidos por la autoridad y qué implica técnicamente la integración con la plataforma.

Además, aborda aspectos relacionados con protección de datos personales, seguridad de la información, conservación de registros y respuesta a solicitudes de búsqueda de personas desaparecidas o no localizadas.

📌 ¿QUÉ VERÁS EN ESTE WEBINAR?

  • Origen legal de la Plataforma Única de Identidad (PUI)
  • Reformas que dieron lugar a la obligación de interconexión
  • Qué empresas están obligadas a cumplir
  • Impacto para desarrolladores turísticos y empresas vacacionales
  • Verificación obligatoria de CURP
  • Fechas clave y plazos regulatorios
  • Posibles sanciones por incumplimiento
  • Funcionamiento técnico de la interconexión
  • Requisitos de seguridad de la información
  • Obligaciones de protección de datos personales
  • Conservación y búsqueda de registros históricos
  • Casos prácticos para el sector turístico

PONENTES

Iván DíazAbogado e ingeniero especializado en ciberseguridad, seguridad de la información, peritaje informático y cumplimiento normativo

🧠 CONCEPTOS CLAVE

1. La PUI surge de reformas legales publicadas en 2025

Las modificaciones a la Ley General de Población y la Ley General en Materia de Desaparición Forzada establecen las bases para la Plataforma Única de Identidad y los mecanismos de búsqueda de personas.

2. La CURP se vuelve un elemento obligatorio de identificación

Toda organización que preste servicios debe verificar la CURP de las personas antes de proporcionar determinados servicios, conforme al nuevo marco regulatorio.

3. El alcance de la obligación es más amplio de lo que parece

No sólo aplica a sectores específicos. También incluye a instituciones privadas que administran bases de datos de personas y cuya información pueda contribuir a la localización de personas desaparecidas o no localizadas.

4. La PUI no implica abrir las bases de datos al gobierno

El modelo opera mediante solicitudes electrónicas específicas de búsqueda y respuesta, similares a una oficialía de partes digital, sin acceso directo a las bases de datos empresariales.

5. Existen plazos regulatorios y posibles sanciones

La legislación contempla sanciones económicas relevantes para quienes incumplan con las obligaciones de entrega de información establecidas en la ley.

6. La seguridad de la información es un requisito central

Las organizaciones deben garantizar controles técnicos adecuados, monitoreo de vulnerabilidades y disponibilidad de los servicios requeridos para la integración.

7. La protección de datos personales sigue siendo obligatoria

La integración con la PUI exige revisar avisos de privacidad, mecanismos de derechos ARCO y procedimientos de gobernanza de datos para alinearlos con las nuevas obligaciones legales.